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POSGRADO EN ESPECIALIDADES MÉDICAS

PRIMERA ETAPA ¿EN QUÉ CONSISTE?

CONSISTE EN LA APLICACIÓN DE UN EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES EN MEDICINA (ECGM),QUE CUMPLE CON LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES:

  1. Evalúa los conocimientos que debe tener una persona profesional en Medicina General y Cirugía que aspira a ingresar a una especialidad del área médica, quirúrgica o pediátrica.

  2. Es de selección única y cuenta con 150 ítems, distribuidos en 6 áreas de conocimiento: Cirugía, Ginecología y Obstetricia, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina Interna, Pediatría y Psiquiatría.

  3. Se basa en un temario específico, el cual indica las áreas de conocimiento, temas y subtemas que serán evaluados.

  4. Se fundamenta en bibliografía única y obligatoria delimitada para cada una de las seis áreas de conocimiento evaluadas.

  5. Incluye algunos ítems experimentales con el fin de obtener indicadores psicométricos para el control del nivel de dificultad y de discriminación de pruebas futuras. Estos ítems son para uso interno del PPEM-UCR y su resolución no afecta la calificación de la persona aspirante.

Aplicación del Examen de Conocimientos Generales en Medicina

PRESENTAR IDENTIFICACIÓN

Toda la población de aspirantes, sin excepción, debe mostrar el día de la aplicación su identificación vigente con foto, la cual es insustituible. Solo se admitirá la cédula de identidad costarricense, la cédula de residencia permanente de libre condición, el pasaporte costarricense. Las personas aspirantes que no porten identificación válida y vigente al día de aplicación o que presenten una identificación alterada que impida el reconocimiento de los datos o de la foto, no se les permitirá realizar el examen ni se les reprogramará la prueba.

APLICACIÓN DEL EXAMEN

Todas las personas aspirantes deben presentarse a la hora y el lugar de aplicación según padrón general publicado en la página www.medicina.sep.ucr.ac.cr

Sedes de la aplicación:  San José, Liberia, Limón, Pérez Zeledón y San Carlos

ESTÁ PROHIBIDO

Durante la aplicación, todo dispositivo electrónico debe permanecer apagado y guardado. El uso de teléfono celular u otro aparato electrónico durante el tiempo de aplicación, dentro o fuera del aula, implicará el retiro y la anulación de la prueba.

MATERIAL A UTILIZAR

Cada aspirante debe llevar para la ejecución de la prueba: lápiz, bolígrafo de tinta azul o negra, borrador y tajador. No se permite el uso de otros materiales distintos a los indicados, su préstamo ni el uso de dispositivos electrónicos.

TIEMPO DE EJECUCIÓN DE LA PRUEBA

El tiempo de ejecución de la prueba es de 3 horas y 30 minutos, el cual contempla el complete de la hoja de respuestas. Una hora posterior al inicio de la prueba se restringe el ingreso de aspirantes a las aulas, sin excepción.

RESULTADOS PRIMERA ETAPA

Resultado de la nota inicial, preliminar y final
PRIMERA ETAPA


Cada aspirante podrá consultar la nota con su respectivo usuario y contraseña.

Apelaciones


El proceso de reclamo se realiza exclusivamente mediante el sistema informático SIPPEM. Dicho proceso está compuesto por dos fases:

  • Recurso de revocatoria (o primera apelación)

  • Recurso de apelación (o segunda apelación)

Estos deben sustentarse únicamente con la bibliografía publicada en la presente convocatoria y efectuarse en términos coherentes y respetuosos. La presentación de la “segunda apelación” está supeditada a la presentación en tiempo y al rechazo de la “primera apelación”. Una vez que finalizan ambos procesos, no existe otro recurso para reclamar en instancia administrativa, por lo que podrán ser rechazados ad portas sin valorar el fondo las gestiones que se presenten bajo esta condición.

APROBACIÓN DE LA PRIMERA ETAPA

LAS PERSONAS ASPIRANTES QUE APRUEBAN LA PRIMER ETAPA SERÁN LOS SIGUIENTES:

 

  1. Aquellos cuya nota, después de la resolución de ambos recursos, se ubique en el percentil 75 estimado del total de notas finales obtenidas por los aspirantes.

  2. Esto no es lo mismo que tener una nota de 75. Un aspirante que se ubica en el percentil 75 es aquel cuya nota fue igual o superior a la nota final del 75% de los aspirantes que realizaron la prueba. La Comisión del Programa decidió elevar este percentil a 75 en razón de que las estadísticas del proceso de admisión al PPEM señalan que constantemente la cantidad de personas inscritas para la Primera Etapa van en aumento, por lo que el margen para elegir a los mejores aspirantes debe elevarse para asegurar la calidad en quienes se inscriben en la segunda etapa, lo cual es posible a partir de la elección de un grupo más reducido de las mejores notas del examen. Lo anterior se respalda en el artículo 4 inciso b) del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica, que reconoce a la excelencia académica un principio orientador del quehacer de la Universidad de Costa Rica.

  3. El percentil 75 se definirá hasta que haya finalizado el recurso de revocatoria (o primera apelación), y recurso de apelación (o segunda apelación). Por lo tanto, no existe un percentil provisional.

  4. A partir del 2020, la condición de “aprobado” de la Primera Etapa se mantendrá por un único año, es decir, será válida por el año de aplicación del ECGM, excepto para las personas que aplicaron y aprobaron el examen en el 2019, cuya nota será válida para la convocatoria 2020-2021, condición que ya no aplicará para este y los próximos concursos.

    El cambio introducido se respalda en la postura de la Universidad de Costa Rica respecto a pruebas de similares características como la Prueba de Aptitudes Académicas (PAA) y evaluaciones afines, que se encuentra en documentos como el R-200-2019, el R-60-2019 y el artículo 26 del Reglamento del proceso de admisión mediante prueba de aptitud académica, y se basa en criterios técnicos de especialistas en evaluación que han señalado que la utilización correcta del percentil (modelo de interpretación con referencia a normas) como mecanismo para determinar la condición de aprobatoria de los aspirante, implica necesariamente valorar los resultados en concordancia con la población que se evalúa, resultando incorrecto mantener notas alcanzadas en una aplicación previa para un concurso posterior donde participa una población distinta, pues no es certero comparar un promedio de un año respecto a la población de otro año. En razón de lo anterior y al descartar la Comisión del Programa la posibilidad de migrar a un sistema de nota, se decidió utilizar el percentil en estricto apego al criterio técnico que ha mantenido la Universidad de Costa Rica.

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ESPECIALIDADES MÉDICAS


Dr. Carlos Araya Fonseca, Director del Posgrado

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