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¿Cuál es el procedimiento para modificar un plan de estudios de un posgrado?

Si la reforma al plan es parcial, es decir, que la modificación no supera el 50% del total de sus créditos, el Programa de Posgrado debe enviar la solicitud a la decanatura del SEP, la cual debe incluir:

- Los cambios a efectuar.

- La justificación de estos cambios.

- Un cuadro con la malla curricular vigente y la propuesta.

- El programa de los cursos en el formato que el SEP tiene para este fin, si en la reforma se contempla la creación de nuevos cursos o modificación de alguno existente. Descargar documento

- Copia del acta de aprobación por parte de la comisión del posgrado o la transcripción del acuerdo y el número de la sesión.

El SEP cuenta con la “Guía para la presentación de modificaciones a los planes de estudio (mallas curriculares) de los posgrados”, la cual puede solicitar a la dirección: evelyn.quesada@ucr.ac.cr Esta modificación debe ser aprobada por el Consejo del SEP.

Si la reforma al plan es integral, es decir, este se modifica en más de un 50% del total de sus créditos, requiere ser aprobado no solo por el Consejo del SEP, sino también por el CONARE. Para ello es necesario que envíen al SEP un documento similar al que se requiere para la creación de un posgrado nuevo. Por lo que la guía que se utiliza para gestionar la solicitud es la “Guía para la confección de propuestas de creación de maestrías académicas y profesionales” o la de creación de doctorados o especialidades según sea el caso. Igualmente dicha gestión debe ser previamente aprobada por la Comisión del programa de posgrado. La guía la puede solicitar a la dirección: evelyn.quesada@ucr.ac.cr

 

¿Cómo se establecen los créditos y horas de un curso?

Nos rige el Convenio para unificar la definición de crédito en la Educación Superior de Costa Rica, el cual define el crédito de la siguiente manera: “Crédito es una unidad valorativa del trabajo del estudiante, que equivale a tres horas reloj semanales de trabajo del mismo, durante 15 semanas, aplicadas a una actividad que ha sido supervisada, evaluada y aprobada por el profesor”.

 

¿Cuál es el procedimiento para iniciar la creación de un posgrado (maestría, doctorado o especialidad)?

Previo a la creación de un posgrado, reglamentariamente se debe instalar una comisión provisional que será la encargada de elaborar la propuesta de creación del posgrado. En caso de una maestría, especialidad o doctorado que se amparará a un programa de posgrado ya existente, será el director del programa quien mediante oficio comunica al

Decanato del SEP la conformación de la comisión y el área temática que abordará el eventual posgrado, previo acuerdo tomado por la Comisión del posgrado.

En caso de que además del posgrado haya que crear el programa de posgrado, la conformación de esa comisión y el área temática que abordará el eventual posgrado, deberá ser aprobada por la Asamblea de Escuela o Consejo Asesor de la unidad académica o de investigación que se comprometerá a fungir como unidad base del futuro programa. La conformación de la comisión deberá ser comunicada al Decanato del SEP mediante oficio.

En cuanto la decanatura ratifica la conformación de la comisión, esta última inicia el proceso de elaboración de la propuesta, para la cual se dispone de la “Guía para la confección de propuestas de creación de maestrías académicas y profesionales” o la de creación de especialidades o de doctorados según sea el caso; así como con los “Lineamientos para la creación de nuevas carreras o la modificación de carreras ya existentes” emitidos por la OPES-CONARE; ambos documentos deben ser solicitados al correo electrónico: evelyn.quesada@ucr.ac.cr

 

¿Cómo se convierte un posgrado presencial a la virtualidad?

Para analizar si un posgrado presencial se puede convertir a la virtualidad o alta virtualidad, se sugiere revisar la Resolución VD-11502-2020 emitida por la Vicerrectoría de Docencia, así como la Circular SEP-12-2021, a fin de que se conozcan los detalles que permitirán ofrecer un posgrado bajo esta modalidad. Cuando la Comisión del programa de Posgrado ha decidido realizar el cambio, deben presentar a la decanatura del SEP la solicitud justificada, así como el programa de todos los cursos que conforman la malla curricular de ese posgrado, con los ajustes que correspondan en el formato que el SEP tiene para este fin.

 

 

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